Por la empresa corresponde el pago de IRAE (renta), IPAT (patrimonio) e IVA. Se puede inscribir la SAS como pequeña empresa (literal E) siempre que se tenga una facturación anual menor a UI 305.000, reduciendo significativamente los impuestos. Por el representante legal se tiene que aportar BPS y tiene derecho a FONASA. En caso del programador de Software, queda exonerado al 100% de IRAE.
El proceso de constitución depende principalmente de la Dirección General de Registro (DGR). Para que la SAS quede operativa puede estimarse unos 15 / 20 días aproximadamente.
Sí. Independientemente del clearing, se puede constituir una SAS y operar el negocio.
Sí. En caso que los accionistas estén en el exterior se puede completar el trámite sin problemas. Enviamos la documentación por e-mail, el cliente firma, legaliza y apostilla la documentación y nos la envía por correo privado. Al recibir la documentación continuamos el proceso de forma normal.
Sí. Somos un estudio contable que desde el año 2007 brindamos soluciones contables, financieras y patrimoniales.